¿Cómo dar de baja o cancelar un seguro?
Cancelar un seguro es algo muy habitual, pero el proceso no siempre es fácil. Hay que seguir un proceso e informarse bien. Aquí te explicamos cómo puedes dar de baja tu seguro o cambiar a otra compañía que te guste más.
Lo que necesitas saber
Dar de baja un seguro no es difícil, pero tienes que estar atento a unas cuantas cosas, sobre todo para no incurrir en un incumplimiento de contrato. Estos son los puntos que siempre tienes que tener en cuenta:
¿Qué es una notificación fehaciente? Es aquella que deja constancia de su contenido, de que el destinatario la ha recibido y de la fecha de recepción. Es el método más fiable para solicitar la baja o cancelación de un servicio, ya que, en caso de problemas, permite probar que se ha llevado a cabo.
Los escenarios
¿Cuándo puedes dar de baja un seguro?
A la hora de dar de baja un seguro hay condicionantes que influyen, desde el tipo de seguro hasta el momento del contrato en que te encuentres.
Si ya no quieres seguir con tu seguro
Puedes dar de baja tu seguro por el motivo que sea, pero según el art. 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (LCS) tienes que dar un plazo de un mes para la baja o para avisar de que no quieres la renovación. Si es la aseguradora la que quiere romper el vínculo, el plazo es de dos meses de antelación.
Si lo contratas y te arrepientes
Si la contratación se hizo por teléfono o internet, tienes dos semanas para cancelarla sin penalización. No te corresponde la prima completa, sino la parte proporcional no consumida. Excepción: seguros de duración inferior a 14 días (algunos de viaje) o seguros de vida de más de seis meses, donde el margen sube a 30 días.
Si cambian los términos del seguro
Si la compañía quiere reducir la cobertura o aumentar la prima, debe avisar con al menos dos meses de antelación. Si no respeta este plazo, puedes negarte y la compañía tendrá que respetar la prima anterior.
Si es un seguro vinculado a un préstamo y este termina
Si has completado la devolución del préstamo, puedes cancelar el seguro que lo cubría (si sigue vigente) y tienes derecho a que te devuelvan la parte de la prima no utilizada.
Si desaparece el objeto asegurado
Si el objeto asegurado deja de estar presente o bajo tu posesión, tendrás que pagar la póliza hasta el siguiente vencimiento. Ocurre, por ejemplo, al dar de baja un coche en Tráfico, aunque la compañía puede devolver voluntariamente la parte no disfrutada.
Si se reduce el riesgo y pagas la misma prima
La prima depende del riesgo sobre el bien asegurado. Si este se reduce, hay que comunicarlo a la compañía para que recalcule. Por ejemplo, si instalas cámaras de seguridad en un seguro de robo, tienes derecho a que al año siguiente se te reduzca la cuota.
Los métodos
Cancelar un seguro: ¿cómo hacerlo?
Tienes que hacerlo mediante una comunicación fehaciente. Estas son las más comunes:
Por escrito
La mejor manera de dejar constancia fehaciente. Redacta un documento y ve a una sede física de la compañía con dos copias. Entrega una y pide que sellen y fechen la que te quedas. Si se niegan a recibirla, pide la hoja de reclamaciones y adjunta la solicitud de baja.
Por burofax
Una de las comunicaciones más habituales. Se realiza a través de Correos y el receptor debe firmar la recepción. Deja registro por defecto, por lo que es muy válida para dar de baja un seguro.
Por teléfono
Otra opción es comunicar la baja mediante una llamada. En este caso, lo recomendable es grabar la llamada para tener una prueba en caso de que la empresa haga caso omiso a tu solicitud.
Mediante un telegrama con acuse de recibo
Puede servir para notificar una baja, pero tiene la limitación de que no se pueden adjuntar archivos y la extensión del mensaje es limitada.
⚠️ Atención: Si envías un correo electrónico, un SMS o un mensaje por WhatsApp, la compañía puede aducir que no los ha recibido o que se han manipulado, y no sirven para confirmar la solicitud de baja. Recuerda respetar el plazo de 30 días para dar de baja tu seguro o avisar de que no quieres renovarlo.
Nuestro método
Cómo lo hacemos nosotros
Preparamos la documentación y revisamos tu solicitud. La firma y el envío certificado se incorporarán al flujo operativo cuando estén activados.
Redactamos tu carta de baja
Preparamos la carta de cancelación con tus datos y los de tu póliza, conforme a lo establecido en el art. 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro.
Verificamos los datos contigo
Te enviamos el documento para que lo revises. Comprobamos juntos que toda la información sea correcta antes de proseguir con la gestión.
Firma digital: pendiente de activación
La firma digital y la autorización se incorporarán al flujo cuando estén activadas. Actualmente no se firma desde esta plataforma.
Envío certificado: pendiente de activación
El envío certificado se incorporará cuando esté activado. Actualmente la plataforma no envía cartas a la aseguradora ni genera justificantes de entrega.
Recomendación: Revisa los plazos y las condiciones de tu póliza con el asesor. Mientras el envío no esté activado, debes comunicar la solicitud a la aseguradora por un canal adecuado y conservar los justificantes.
Importante: Registrar la solicitud o descargar una carta no acredita su firma, envío, recepción ni la cancelación del seguro. El expediente necesita revisión humana y la respuesta de la aseguradora.
Marco legal
- El artículo 22 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro regula la no renovación de las pólizas.
- El plazo de preaviso para el tomador es de un mes; la aseguradora debe avisar con dos meses de antelación.
- La solicitud de no renovación debe comunicarse por escrito y con valor probatorio para evitar renovaciones tácitas.
- La aseguradora está obligada a devolver la parte de prima no consumida si procede según el contrato.
¿Quieres que tramitemos tu baja?
Generamos tu carta de cancelación, revisamos los plazos y te guiamos en el envío fehaciente.